La frecuencia de la revisión técnico mecánica y de Emisiones Contaminantes vehicular está regulada por la Ley 769 de 2002 modificada por el Decreto 019 del 10 de enero de 2012 y se resume en las siguientes tablas..
Vehículos de Servicio Público
En este apartado se incluyen también las ambulancias, los vehículos de transporte especial (escolar y turismo), los de control de incendios (bomberos) y los de recolección de basura, aunque tengan placa particular.
- De 0 a 2 años. Exento
- A Partir de 2 años. Anual.
Vehículos de Servicio Particular

- De 0 a 6 años. Exento.
- A Partir de 6 años. Anual.
Motocicletas

- De 0 a 2 años. Exento
- A Partir de 2 años. Anual.